ARMA PROHIBIDA:
¿DELITO O INFRACCIÓN?
Cómo delimitar el Art. 563 CP del Art. 36.10 LOPSC
Cuando intervienes un arma, la calificación lo cambia todo. Esta guía te da el protocolo y los criterios para distinguir el delito de tenencia de armas prohibidas (Art. 563 CP) de la infracción grave del Art. 36.10 de la LO 4/2015, y redactar el acta de intervención sin fallar.
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La frontera
¿DÓNDE ENCAJA EL HECHO?
La misma arma puede llevarte a la vía penal o a la administrativa. Todo depende de la lesividad. Así se separan:
- Tenencia de armas prohibidas y de las que resulten de modificar sustancialmente las características de un arma reglamentada.
- Exige lesividad real: el objeto ha de ser objetivamente peligroso e idóneo para el fin prohibido.
- Si el arma alcanza esa gravedad, no cabe la vía administrativa.
- Portar, exhibir o usar armas prohibidas, siempre que no constituya infracción penal.
- También: usar armas de forma negligente, temeraria o intimidatoria, o fuera de lugar habilitado, aun teniendo licencia.
- Es la vía cuando el hecho no llega a la gravedad del tipo penal.
La guía
LO QUE VAS A LLEVARTE
Un PDF directo al grano, pensado para resolver el bloque de armas de cualquier supuesto práctico.
Clasificación y análisis de las armas prohibidas según el Reglamento de Armas.
Criterios constitucionales de lesividad e integración del tipo penal.
Justificación legal detallada para la correcta redacción de actas de intervención.
Lo que tienes que saber
LAS 6 CLAVES DEL EXAMEN
No toda arma prohibida es delito
Si la lesividad es escasa, el hecho no alcanza el 563 CP y se deriva a la infracción administrativa del 36.10 LOPSC.
Cúter, destornillador, bate…
Sin modificar no son arma prohibida (art. 4.1.h RA). Si se exhiben con ánimo intimidatorio: infracción leve, art. 37.2.
Qué castiga el delito
La tenencia de armas prohibidas y de armas reglamentadas modificadas sustancialmente. Pena: prisión de 1 a 3 años.
Qué castiga la infracción
Portar, exhibir o usar armas prohibidas —o usar cualquier arma de forma negligente, temeraria o fuera de lugar habilitado— si no es delito.
Describe y motiva
Detalla el arma (hoja, filos, apertura, estado, dónde se portaba) y motiva la lesividad: eso decide si va penal o administrativo.
Ocupación temporal
Puedes ocupar objetos o medios de agresión aunque no haya sanción, para prevenir un delito o un riesgo para la seguridad.
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